Asistencia Financiera de Emergencia

Los cónsules de Estados Unidos pueden ayudar a los ciudadanos estadounidenses en el extranjero que estén en situación de indigencia temporal debido a circunstancias imprevistas. Los estadounidenses que se encuentren en estas circunstancias deben comunicarse con el consulado general o con la Oficina de Servicios para Ciudadanos en el Extranjero del Departamento de Estado al teléfono 1-888-407-4747 (durante el horario de atención) o al 202-647-5225 (fuera del horario de atención). Los funcionarios consulares pueden ayudar a los estadounidenses en situación de indigencia a comunicarse con sus familiares, su banco o su empleador para coordinar la transferencia de fondos. En algunos casos los fondos pueden transferirse por medio del Departamento de Estado. Para ver más información acerca de cómo puede ayudarle un funcionario consular en esas circunstancias, visite el sitio de internet de la embajada en https://cr.usembassy.gov/services/#financial .

Hay información adicional disponible en el sitio de internet del Departamento de Estado en https://travel.state.gov/content/travel.html , seleccione “International Travel” (Viajes internacionales), seleccione “Emergencies” (Emergencias), y siga la guía titulada “Emergency Financial Assistance for U.S. Citizens Abroad” (Asistencia financiera de emergencia para ciudadanos estadounidenses en el extranjero).

Si prefiere hablar directamente con alguien sobre la asistencia financiera de emergencia en Costa Rica, llame a la embajada:

San José: (506) 2519-2000